Colegio de Enfermería de León

Juntos para construir un futuro profesional digno y de calidad

Quienes somos

Nuestro Colegio es una corporación de derecho público para ordenar el ejercicio de la profesión.

Velaremos para que la actividad profesional se adecue a los intereses de los ciudadanos, promover la constante mejora de la calidad de las prestaciones profesionales de los colegiados a través de la formación y el perfeccionamiento de las mismas, cooperar en la mejora de los estudios conducentes a la obtención del título que habilita para el ejercicio de la profesión y sus especialidades, ostentar la representación y la defensa exclusiva de la profesión y de los intereses profesionales de los colegiados de la provincia de León.

Como parte de la Organización Colegial de Enfermería pertenece y participa en la Asamblea General del Consejo General de Enfermería de España y al Pleno del Consejo de Colegios Profesionales de Enfermería de Castilla y León.

Para ordenar el ejercicio de la profesión hace propuestas a las distintas administraciones y aplica el Código Deontológico de la enfermería española de obligado cumplimiento de los colegiados. La Comisión Deontológica es la encargada de velar por su cumplimiento, de asesorar y formar a los enfermeros y enfermeras de nuestra provincia sobre los principios de una práctica ética.

JUNTA DE GOBIERNO PROVISIONAL

La Junta de Gobierno es el órgano ejecutivo y representativo del Colegio Oficial de Diplomados en Enfermería de León.

José Luis Blanco Valle
José Luis Blanco Valle

PRESIDENTE

Francisco Javier Gómez de Agüero García
Francisco Javier Gómez de Agüero García

VICEPRESIDENTE

José Luis Pérez Rodríguez
José Luis Pérez Rodríguez

SECRETARIO

Óscar del Valle Cuadrado
Óscar del Valle Cuadrado

TESORERO

Olga Álvarez Robles
Olga Álvarez Robles

VOCAL

Profesión enfermería
Definición de enfermería

La enfermería abarca los cuidados autónomos y en colaboración que se prestan a las personas de todas las edades, familias, grupos y comunidades, enfermas o sanas, en todos los contextos, e incluye la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad y los cuidados de los enfermos, discapacitados y personas moribundas. Funciones esenciales de la enfermería son la defensa, el fomento de un entorno seguro, la investigación, la participación en las políticas de salud y en la gestión de los pacientes y los sistemas de salud, y la formación. (CIE, 2002)

Definición de enfermera

Según el Consejo Internacional de Enfermeras (CIE):
La enfermera es una persona que ha completado un programa de educación básica general en enfermería y está autorizada por la autoridad reguladora competente para ejercer la enfermería en su país. En España la formación básica en enfermería es un programa de estudios universitario, reconocido formalmente que proporciona una base amplia y sólida en las ciencias del comportamiento, la vida y la enfermería para la práctica general de la enfermería, así como para un papel de liderazgo y para la formación postbásica para una especialidad o la práctica de la enfermería avanzada. La enfermera está preparada y autorizada:

  • A llevar a cabo el ámbito general de la práctica de la enfermería, incluida la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad y el cuidado de las personas con enfermedades físicas, mentales y discapacitadas de todas las edades y en todos los entornos de atención de salud y otros contextos de la comunidad

  • Impartir enseñanzas en materia de cuidados de salud

  • Participar plenamente como miembro del equipo de salud

  • Supervisar y formar a auxiliares de enfermería y de salud

  • Desarrollar la labor de investigación

CONSEJO GENERAL DE ENFERMERÍA

El Consejo General de Enfermería (CGE) es una organización profesional con más 100 años de historia, que en base a los fines y funciones que le atribuye su Estatuto Aprobado por Real Decreto 1231, de 8 de noviembre de 2001, se constituye como el referente para la profesión de enfermería, representando a un colectivo de doscientos mil colegiados.
La Organización Colegial de Enfermería está integrada básicamente por el Consejo General de Enfermería, 17 Consejos Autonómicos y 52 Colegios Provinciales, que se articulan como Corporaciones de Derecho Público amparadas por la Ley y reconocidas por el Estado y la Constitución.
El Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España es el órgano regulador y autoridad competente de la profesión enfermera en España constituyéndose legalmente como órgano superior de representación y coordinación de aquéllos, en los ámbitos nacional e internacional, teniendo a todos los efectos la cualidad de corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

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